La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) verifica si el estado del vehículo es apto para circular con seguridad. Se trata de una prueba obligatoria a la que rodean muchos mitos que a veces confunden a los conductores.
Por ello, con el fin de resolver dudas, a continuación vamos a desmentir o afirmar algunos mitos atendiendo a las informaciones facilitadas por la Dirección General de Tráfico (DGT) y la Asociación Española Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA).
Todos los vehículos que se encuentren en la vía pública, estén matriculados y por tanto, tengan la posibilidad de cicular, tienen la obligación de tener en regla su ITV periódica.
Solo aquellos vehículos que estén dados de baja en la DGT y que no se encuentren en la vía pública, están exentos de tener la ITV en vigor.
Una condición obligatoria para pasar la ITV y que esta sea favorable, es tener en vigor el seguro del vehículo.
En cualquiera de los dos casos, el vehículo no puede circular por vía pública.
En caso de que la inspección haya sido desfavorable, el vehículo puede moverse para acudir al taller y vuelta a la ITV.
En caso de ser negativa, el traslado del vehículo debe producirse por medios ajenos.
Cualquier persona puede encargarse de pasar la inspección con la documentación del vehículo necesaria.
Las estaciones de ITV no pueden cobrar ningún tipo de tasa a los vehículos que pasan la inspección fuera de plazo.
No obstante, los agentes de seguridad vial pueden sancionar a aquellos vehículos que detecten que tienen la ITV caducada y circulan a pesar de ello.
Si la Guardia Civil te para al día siguiente de haber caducado tu ITV, serás sancionado.
Con la entrada en vigor del RD 920/2017 está permitido adelantar la fecha de la inspección hasta 30 días antes del vencimiento, respetando la fecha de vencimiento anterior. ¡Sé previsor!
Siempre que sea dentro del territorio nacional, se permite pasar la ITV en cualquier estación y en cualquier comunidad autónoma.
Las cámaras detectan la matrícula y comparten la información con la DGT. Allí, se automatizan los datos, de manera que aquellos que no tengan en vigor la ITV, son multados.
Una vez instalado el emolque, hay que pasar la ITV para verificar que cumple la legislación. Hay muchos aspectos que influyen como la homologación del enganche y su instalación por parte del taller autorizado y la comprobación del correcto funcionamiento del nuevo sistema instalado.
¡Esperamos haber resuelto todas tus dudas! Si no es así, puedes escribirnos en cualquiera de nuestras redes sociales y te ayudaremos encantados.