La DGT (Dirección General de Tráfico) ha anunciado nuevos cambios en el Reglamento General de Circulación, y es que, algunas de las señales que encontrabamos en las carreteras españolas se han quedado obsoletas.
Por ello, y con el objetivo de "adecuarse a los nuevos aspectos tecnológicos de movilidad e igualdad de género" y mejorar la seguridad vial, se han propuesto nuevas señales que entrarón en vigor el pasado junio de 2023. ¡Vamos a ver algunas de ellas!
Peligro por la proximidad de un tramo en el que existen varios accesos directos a la vía, debiendo ceder el paso a los usuarios de dichos accesos directos. (Es similar a las ya existentes P-1 de la a a) la d).
Peligro por la proximidad de un paso para peatones adosado o compartido con un paso para ciclistas (en estos casos, los ciclistas pueden pasar montados en ellas).
Peligro por la proximidad de un lugar donde frecuentan animales en libertad, tratándose en una proporción muy significativa de jabalíes.
Peligro por la proximidad de un tramo en el que frecuentemente la circulación se ve dificultada por una pérdida notable de visibilidad debida a niebla, lluvia, nieve, humos, etc.
Peligro por la proximidad de un tramo comprendido entre una confluencia y una bifurcación donde se producen distintos movimientos de cambio de carril por parte de los vehículos, cruzándose sus trayectorias y aumentando por ello el riesgo de que se produzcan colisiones.
Prohibición de acceso a vehículos de movilidad personal. (Es una señal nueva y afecta a todos los VMP y no solo a los patinetes).
Las condiciones se especificarán en un panel complementario S-860 o en un cartel en el que se incluya la señal, haciendo referencia en su caso a la clasificación de cada vehículo en función de su distintivo ambiental, según lo establecido reglamentariamente.
Indica el principio de una carretera 2+1, es decir, aquella que consta de tres carriles de circulación y permite la circulación en ambos sentidos.
El carril central se destina a facilitar la maniobra de adelantamiento, estando reservado de manera alterna a uno y otro sentido de circulación.
Esta señal puede indicar también el ramal de un nudo que conduce a una carretera 2+1.
Se aplican las normas especiales de circulación siguientes:
Indica uno o varios carriles destinados a la circulación de vehículos con alta ocupación y en la imagen figurará el número de personas que deben ocupar dicho vehículo.
Si el carril o carriles está reservado no solo a VAO sino también a otro u otros tipos específicos de vehículos, se podrán combinar las imágenes correspondientes del mismo modo que en la señal S-51a.
Indica, en una calzada con tres carriles de circulación en el mismo sentido, que se producirá una bifurcación en el carril central con cambio de dirección de los cuatro carriles resultantes, dos hacia la izquierda y dos hacia la derecha.
Indica, en una calzada con un carril (S-70), dos (S-71) o más carriles (S-72) de circulación, que se producirá la confluencia de uno o más carriles por el lado izquierdo o derecho.
Indica la situación de un surtidor o estación de servicio de carburante, incluidos los de GLP (S-105 c), de recarga eléctrica (S-105e) o de varios de ellos (S-105b, S-105d o S-105f).
Indica la vigilancia mediante medios de captación y denuncia automáticos, del cumplimiento de lo establecido por la señal vertical a la que acompaña.
Indica los límites genéricos de velocidad en las distintas clases de carreteras y en zona urbana en España.
Indica la posible existencia en el tramo de controles de velocidad mediante medios aéreos, como helicóptero o dron.
En caso de que dichos controles tengan como objeto un tipo de vehículo en concreto, la señal podrá incluir únicamente el pictograma correspondiente a dicho vehículo.